Sanciones que impone la Agencia de Protección de Datos

Muchas empresas, autónomos, administradores de Fincas, ONG entre otros organismos y organizaciones públicas y privadas a menudo cometen infraciones de la Ley de Protección de Datos. desde Mediter Jurídico trabajamos para que todos nuestros clientes cumplan con la ley y estén actualizados con esta, de esta forma se evitarán multas que pueden significar la ruina para muchas pequeñas y medianas empresas, hay que saber que el desconocimiento de la ley, no exime de su cumplimiento. Si desea puede ponerse en contacto con nosotros sin compromiso para informarse más sobre lo que desea.

Aquí dejamos un listado con las infracciones y sus correspondientes  multas y sanciones que impone la Agencia Española de Protección de Datos:

Infracciones LEVES.

· No inscribir los ficheros
· Recoger datos personales sin informar al interesado de que pasarán a formar parte de un fichero; de que tiene un derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición a esos datos; de la identidad del responsable del fichero…;
· Incumplir el deber de secreto profesional respecto a los datos que se tengan…

SANCIÓN: entre 601 € y 60.101 € (100.000- 10 millones de pts)

Infracciones GRAVES.

· Recoger datos o crear ficheros con fines distintos al objeto legítimo de la empresa que los recaba.
· Recoger datos sin el consentimiento expreso del afectado.
· Obstaculizar los derechos de los afectados; mantener datos inexactos o no efectuar las rectificaciones o cancelaciones de los mismos; mantener ficheros o equipos informáticos sin las condiciones de seguridad correspondientes; obstruir el ejercicio de la función inspectora de la APD…

SANCIÓN: entre 60.101 € y 300.506 € ( 10 millones- 50 millones de pts)

Infracciones MUY GRAVES.

· Recoger datos en forma engañosa o fraudulenta.
· Comunicar o ceder datos fuera de los casos permitidos.
· No cesar en el uso ilegítimo de los datos cuando lo diga la APD.
· Obstaculizar sistemáticamente los derechos de los afectados.
· No notificar de forma sistemática la creación de ficheros…

SANCIÓN: entre 300.506 € y 601.012 € (50 millones- 100 millones de pts)

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