Administrador de Fincas SANCIONADO por enviar CORREOS SIN CONSENTIMIENTO y de forma MASIVA.

 

Últimamente estamos viendo invitaciones en la red a enviar, a pedir cuentas de correo sin el consentimiento expreso y/o la autorización del usuario. Así mismo quién se plantea el envío correos electrónicos masivos, etc. Hay varias sanciones pero la cosa se está poniendo muy pero que muy seria y es necesario saber qué y cómo podemos enviar información y datos por la Red y qué no.con copia oculta por favor

(Leer sanción  Administrador de Fincas SANCIONADO por enviar CORREOS SIN CONSENTIMIENTO y de forma MASIVA )

Es un grave error  sin duda, que por “habitual” no deja de ser preocupante.

Listas de personas físicas:

Así mismo, hemos comprobado que se están realizando listas de personas físicas, que se publican y que no tienen el consentimiento del aludido por escrito. Absolutamente penalizado.

imagesHemos publicado reiteradamente que el envío masivo de correos electrónicos está penalizado por la Ley de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE) y la publicación de datos personales sin consentimiento, tanto afecta a la LSSICE como la LOPD. Esto indica que antes de enviar información debemos de pedir sí o sí el consentimiento del afectado o por defecto el silencio administrativo, indicando claramente la posibilidad de darse de BAJA de forma real, eficiente, efectiva y rápida.

Envío de correos con datos físicos:

La Ley de Protección de Datos (LOPD) en su artículo 3.a) define como dato personal: “cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables”.

images (4)El tratamiento de datos (en este caso, responsabilidad del Administrador/a de Fincas) se define en la letra c) del mismo precepto como las “Operaciones y procedimientos técnicos de carácter AUTOMATIZADO o NO, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias”.

(Recordar que muchos de los AAFF que conocemos, inscribieron los ficheros en la AGPD como Automatizados  por defecto, ley de 1999 y no como MIXTOS  exigencia en la mayoría de los ficheros según el real decreto de 2007, y por lo tanto no se ajustan a la ley ni realizan tareas de actualización legal ni mantenimiento)

Dicho esto,  LA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO, contiene información de su titular, se puede identificar y es un DATO SENSIBLE DE CARÁCTER PERSONAL.

Las sanciones al Administrador de Fincas, están refrendadas: por indebido cumplimiento de la LSSICE Y LOPD y avisa de las consecuencias.

El problema no radica tanto en la multa como en las CONSECUENCIAS de la sanción y el daño que este hecho le puede causar como profesional, pues dado que es un documento público y accesible – y más teniendo en cuenta la actual situación del mercado.

como perder un cliente¿A qué Administrador de Fincas le gustaría estar sancionado por no cumplir con la ley, y que sus Comunidades fueran informadas de tal hecho? – no es una buena referencia para fidelizar Comunidades y si una amenaza ante posible “competencia” al acecho.

¿Quién ha dicho que las Comunidades deben de saltarse y no cumplir estas leyes, y que no se debe de hacer un seguimiento y mantenimiento en cumplimiento de la normativa?

¿Por qué contratamos Servicios que nos ofrecen presuntos profesionales que nada tienen que ver con el sector ni conocen las leyes? Sin duda, esto es muy peligroso.

Por ello, y observando los errores que se cometen tanto en materia de LSSICE como en LOPD,  recomendamos encarecidamente que contraten profesionales que hagan seguimiento de las leyes y en consecuencia de su Despacho y Comunidades.

Igual que decimos constantemente Colegiación Obligatoria Sí, creemos ciegamente en ello por profesionalidad y por criterio, y así hacemos CAMPAÑA ACTIVA en nuestro Sitio Web Colegiacón Obligatoria SI ,  en básico que reivindicamos la figura del profesional de estas leyes. Es necesario que, para tener credibilidad como colectivo, nos rodeemos de proveedores profesionales. ¿Por qué? Porque al final las perjudicadas son las Comunidades de Propietarios y el Administrador/a perjudicado y responsable.

El incumplimiento, la “ignorancia” de las leyes, o el mal uso de ellas, no exime de la responsabilidad, que en este caso corresponde al Administrador de Fincas.

No le pidan responsabilidades a quien les vendió sus servicios en su día, ni al colectivo que los respalda, porque no la tienen. El vacío legal les ampara. Mejor curarse en salud… no esperar a que llamen a nuestra puerta y nos multen. Estudiar al proveedor de servicios y que nos ofrezca calidad a precios razonables. Hoy en día todo está en Internet y se puede estudiar y conocer a una empresa antes de contratarla.

La LPH, la LOPD y la LSSICE se solapan, por lo que es básico conocer las tres leyes en profundidad y así poder cumplir con su cometido, evitar disgustos y dormir tranquilos.

En definitiva, la ley en Internet y el uso que hagamos de la red, comienza a hacer estragos. Es prioritario  que nos informemos de sus reglas legales a nivel de usuario y evitar problemas.

sobre con llaveEsto está cada vez más penalizado, y a ello ayuda casos como los famosos correos de URDANGARÍN o el caso BARCENAS, entre otros. La Unión Europea, ha tomado cartas en el asunto.

Las autoridades han aprobado para este año 2014 recursos y personal para inspeccionar a las empresas en el uso de las nuevas tecnologías y comunicación Online.

 

 

 

Nueva directiva en EU de ejecución inminente: Leer:  Endurecimiento de funciones y sanciones

Leer la propuesta de reglamento completa Leer: (Reglamento del parlamento europeo y del consejo_COM2012_11_final )

Nuestra absoluta dedicación al colectivo AAFF y APIs, sus necesidades, así como conocimiento de las necesidades del sector, estudiando y evolucionando constantemente para ofrecer las últimas noticias, novedades y alertas, hace a Mediter  Consultoría Jurídica y Mudéjar Grupo de Comunicación,  un grupo empresarial único en el sector nacional con la capacidad de servir a los Administradores/as de Fincas, con las mayores garantías de fiabilidad y como decimos, poder dormir tranquilos.

Si quiere ampliar información o tiene dudas,  puede pinchar AQUÍ.                       Le informaremos de todo lo que necesita saber y de su estado actual, así de cómo debe de actuar.

Gracias y saludos

Dpto. de Comunicación
comunicación@mediterjuridico.es
www.mediterjuridico.es

Deja un comentario